NO A LA DISCRIMINACIÓN
Derechos colectivos
Derecho
a la no discriminación (derecho cultural)
Artículo
1º tercer párrafo, constitucional:
“Queda prohibida toda
discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las
discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas”.

La discriminación es un fenómeno sociológico
que está presente en los seres humanos, se produce cuando hay una actitud
adversa, de rechazo hacia una característica particular, específica y diferente
de otro ser humano. Es un trato desfavorable o de inferioridad, de desprecio
inmerecido hacia una persona.
La discriminación es
causada por un prejuicio, un juicio formado de manera anticipada y sin
fundamentos. El prejuicio no requiere el hecho de tratar a una persona
diferente, puede simplemente ser parte de una estructura mental. La
discriminación es el resultado de este prejuicio, la realización o la
concretización de esta forma de pensar.
Constantemente el derecho a la no discriminación es
vulnerado; un ejemplo en particular es la situación que viven a diario
adolescentes, niños y niñas que acuden a la escuela, pues son víctimas de
burlas, desprecios, ridículos, etc., por parte de otros compañeros; esto
resultado de las diferencias sociales, económicas y culturales: en algunos casos provienen de
familias de escasos recursos, otros son despreciados por el color de su piel e
incluso por ser tener alguna discapacidad, el constante acoso, la falta de conciencia
y solidaridad, han provocado en algunos casos que los niños ya no quieran
asistir a la escuela y abandonen sus
estudios, o en otros, muy extremos
lleguen a pensar en el suicidio por la presión mental a la que son sometidos. .
Debemos buscar el respeto a la diferencia, aun y cuando
esta proceda de situaciones ajenas al individuo, o por la falta de oportunidades,
sin que ello implique que algunos miembros de la sociedad deban tener mejores
condiciones u oportunidades de desarrollo al interior del núcleo social.
Tanto el Estado, como maestros, niñas y niños, y en
especial los padres de familia tenemos que buscar la modificación de las
conductas discriminativas en la sociedad, impulsar cambios de actitud y de
conducta basados en la educación y la cultura, y en valores fundamentales como
el respeto, la tolerancia, la solidaridad, la humildad, etc., aprendidos en casa,
pero reforzados en la escuela.
Bibliografía:
Hernández, A. Derechos
económicos, sociales y culturales en la Constitución mexicana. En Los derechos económicos, sociales y
culturales y su justiciabilidad en el derecho mexicano (pp.
41-128).
ordenjuridico.gob.mx/Constitución/cn16.pdf · Archivo PDF
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