NO A LA DISCRIMINACIÓN

Derechos colectivos

Derecho a la no discriminación (derecho cultural)

Artículo 1º  tercer párrafo, constitucional:

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.




La discriminación  es un fenómeno sociológico que está presente en los seres humanos, se produce cuando hay una actitud adversa, de rechazo hacia una característica particular, específica y diferente de otro ser humano. Es un trato desfavorable o de inferioridad, de desprecio inmerecido hacia una persona.

La discriminación es causada por un prejuicio, un juicio formado de manera anticipada y sin fundamentos. El prejuicio no requiere el hecho de tratar a una persona diferente, puede simplemente ser parte de una estructura mental. La discriminación es el resultado de este prejuicio, la realización o la concretización de esta forma de pensar.

Constantemente el derecho a la no discriminación es vulnerado; un ejemplo en particular es la situación que viven a diario adolescentes, niños y niñas que acuden a la escuela, pues son víctimas de burlas, desprecios, ridículos, etc., por parte de otros compañeros; esto resultado de las diferencias sociales, económicas y  culturales: en algunos casos provienen de familias de escasos recursos, otros son despreciados por el color de su piel e incluso por ser tener alguna discapacidad, el constante acoso, la falta de conciencia y solidaridad, han provocado en algunos casos que los niños ya no quieran asistir a la escuela  y abandonen sus estudios, o en otros,  muy extremos lleguen a pensar en el suicidio por la presión mental a la que son sometidos. .

Debemos buscar el respeto a la diferencia, aun y cuando esta proceda de situaciones ajenas al individuo, o por la falta de oportunidades, sin que ello implique que algunos miembros de la sociedad deban tener mejores condiciones u oportunidades de desarrollo al interior del núcleo social.

Tanto el Estado, como maestros, niñas y niños, y en especial los padres de familia tenemos que buscar la modificación de las conductas discriminativas en la sociedad, impulsar cambios de actitud y de conducta basados en la educación y la cultura, y en valores fundamentales como el respeto, la tolerancia, la solidaridad, la humildad, etc., aprendidos en casa,  pero reforzados en la escuela.


Bibliografía:


Hernández, A. Derechos económicos, sociales y culturales en la Constitución mexicana. En Los derechos económicos, sociales y culturales y su justiciabilidad en el derecho mexicano (pp. 41-128).

ordenjuridico.gob.mx/Constitución/cn16.pdf · Archivo PDF





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